En los últimos días, se ha registrado el envío de correos por parte del Servicio de Administración Tributaria (SAT) a distintos contribuyentes, notificando que se ha identificado la recepción de Comprobantes Fiscales Digitales por Internet (CFDI) por operaciones de subcontratación con proveedores que han sido cancelados del Registro de Prestadores de Servicios Especializados u Obras Especializadas (REPSE).

Para que una factura por un servicio especializado tenga efectos fiscales y pueda ser deducible, es indispensable que el proveedor esté debidamente registrado y activo en el REPSE. De lo contrario, la operación podría no ser válida a efectos fiscales.

¿Qué deben hacer los contribuyentes ante esta notificación?

El comunicado del SAT, aunque general y sin detallar proveedores o operaciones específicas, subraya la importancia de revisar y asegurar el cumplimiento de las obligaciones fiscales. Se recomienda a los contribuyentes:

  • Revisar todos los servicios recibidos y verificar si incluyen servicios especializados sujetos a REPSE.
  • Confirmar que los proveedores estén activos en REPSE y que su registro sea válido.
  • Asegurar que existe un contrato formalmente celebrado con los proveedores, cumpliendo con los requisitos contractuales y de REPSE.
  • Verificar que las operaciones sean deducibles conforme a la Ley del Impuesto sobre la Renta (LISR).
  • Asegurar que no se esté incurriendo en subcontratación laboral prohibida.

Fiscalización y consecuencias

El SAT ha dejado claro su interés en monitorear estas operaciones y su correcto cumplimiento. La no observancia de estas disposiciones podría derivar en consecuencias graves, incluyendo la posibilidad de ser considerados como parte de un esquema de defraudación fiscal.

Para evitar sanciones, es crucial que las empresas verifiquen y actualicen su cumplimiento fiscal. En caso de dudas o de haber recibido este tipo de comunicados, se recomienda acudir con asesores fiscales para evaluar la situación y tomar las medidas correctivas necesarias.

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